La impunidad en los gobiernos de la Concertación

Por: Felipe Portales*
Fuente: Diario “El Clarín de Chile”,  29 de marzo 2008 

Los gobiernos de la Concertación –desde Aylwin en 1990 hasta el actual de Bachelet- han desarrollado una política permanente respecto de las violaciones más graves de derechos humanos cometidas sistemáticamente durante la dictadura. Ella ha sido la de pretender alcanzar la reconciliación nacional a través de ciertas dosis mínimas de verdad y reparación; y, al mismo tiempo, buscando escamotear lo más posible la justicia.

1.- Casos de detenidos-desaparecidos y ejecutados políticos.

En estos casos la creación de la Comisión de Verdad y Reconciliación (Comisión Rettig) por parte del gobierno de Aylwin en 1990 pretendió –tal como su propia denominación lo indicaba- que con la exclusiva identificación de aquellas víctimas y la concesión a sus familiares de una modesta reparación económica se iba a superar la pesada herencia de la dictadura en este ámbito.

De este modo, el entonces subsecretario del Interior, Belisario Velasco señaló que “lo que el Gobierno espera, como conclusión de este informe (Rettig), es que precisamente con el conocimiento de la verdad haya reconciliación en el país” y que “Chile necesita un perdón generoso para que haya reconciliación” (“La Epoca”; 4-2-1991) A su vez, el presidente del Senado, Gabriel Valdés, declaró que 1991 “debe ser el año de cambio de hoja, tanto para conocer la verdad de lo ocurrido con los derechos humanos conculcados, así como para preparar el advenimiento de la reconciliación nacional” (“El Mercurio”; 20-2-1991)

Por otro lado, como lo ha reconocido el ex ministro y “eminencia gris” de la transición, Edgardo Boeninger, “una primera decisión (del gobierno de Aylwin) fue no intentar la derogación o nulidad de la Ley de Amnistía de 1978, pese a que tal propósito estuvo incluido en el programa de la Concertación. Esto significaba que no habría castigo por condena penal de los responsables de los crímenes cometidos con anterioridad a su promulgación, con la sola excepción del asesinato de Orlando Letelier, explícitamente exceptuado de dicha ley por el propio Gobierno de Pinochet” (“Democracia en Chile. Lecciones para la gobernabilidad”; Edit. Andrés Bello; 1997; p. 400)

Pero los gobiernos de la Concertación no se contentaron simplemente con “olvidar” sus compromisos programáticos de derogar o anular el decreto-ley de amnistía (o más propiamente de “autoamnistía”, como lo ha calificado formalmente la Comisión Interamericana de Derechos Humanos) ; sino que además buscaron avalarlo legislativamente en sucesivas ocasiones en que las presiones militares lo hacían políticamente más presentable. Fueron los casos del proyecto de ley Aylwin de 1993; del proyecto de ley Frei de 1995; del Acuerdo Figueroa-Otero de fines del mismo año; y del proyecto de ley de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de 1998.

Afortunadamente, la fuerte presión de las agrupaciones de familiares de las víctimas (que incluyó en 1993 una huelga de hambre de las dirigentes de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, análoga a las realizadas contra la dictadura), de las organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos y de sectores de partidos políticos de la propia Concertación lograron derrotar dichos intentos.

Asimismo, en otras ocasiones los gobiernos y/o parlamentarios de la Concertación pretendieron –en concierto con la derecha- aprobar leyes que habrían reducido drásticamente las penas de crímenes efectuados por agentes del Estado bajo la dictadura. Fueron los casos del Acuerdo-Marco de 1990; del proyecto de ley presentado por el gobierno de Lagos en 2003; y de un proyecto de ley presentado por senadores de la Concertación y la derecha en 2005. Por las mismas razones ya indicadas estos intentos lograron también ser neutralizados.

A su vez, la constante lucha de las agrupaciones, organizaciones y abogados de derechos humanos por obtener del Poder Judicial sanciones de los crímenes contra la humanidad efectuados entre 1973 y 1990, se vieron recompensados con la detención de Pinochet en Londres en 1998. No solo por el hecho mismo, sino porque a partir de aquel los jueces chilenos adquirieron crecientemente una voluntad de reivindicación histórica ante la ignominiosa complicidad desarrollada por los tribunales con el régimen dictatorial. De este modo, los jueces comenzaron a investigar seriamente aquellos crímenes y han llegado a condenar a algunos de los peores genocidas de la DINA-CNI y de otras agencias represivas con largos años de cárcel.

Sin embargo, dada la vigencia del decreto-ley de autoamnistía y a la falta de voluntad para hacer primar el derecho internacional sobre el derecho interno, la Corte Suprema hasta ahora ha aplicado las condenas exclusivamente en base a la tipificación de la detención seguida de desaparición como un delito de carácter continuado y permanente. Por lo mismo, es que la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 26 de septiembre de 2006 (Caso Almonacid y otros vs. Chile) representa un gigantesco triunfo en contra de la impunidad establecida por Pinochet y consolidada luego por los gobiernos de la Concertación.

En dicha sentencia, la Corte Interamericana establece que el decreto-ley de autoamnistía “es incompatible con la Convención Americana (sobre Derechos Humanos) y, por tanto, carece de efectos jurídicos” por lo que el Estado de Chile “debe asegurarse que el Decreto Ley N° 2.191 no siga representando un obstáculo para la continuación de las investigaciones de la ejecución extrajudicial del señor Almonacid Arellano y para la identificación y, en su caso, el castigo de los responsables” y para la “sanción de los responsables de otras violaciones similares acontecidas en Chile”.

Si bien el actual gobierno ha señalado que cumplirá con la sentencia, ya ha incumplido materialmente con la obligación que le impuso la Corte de publicar “en el Diario Oficial y en otro diario de amplia circulación nacional…el capítulo relativo a los hechos probados de esta Sentencia y la parte resolutiva de la misma”. En efecto, el Gobierno procedió a publicar aquello en “La Nación” (del 13 de mayo pasado), matutino de circulación nacional que tiene una ínfima circulación (1,56% de promedio, de acuerdo con los estudios de verificación de circulación de la Asociación Nacional de la Prensa); y, lo que es peor, lo hizo en su sección de Avisos Económicos, asegurándose así de que prácticamente nadie se enteraría de su contenido. Este incumplimiento tan tortuoso y la trayectoria permanente de búsqueda de impunidad suscitan serias dudas acerca de sus anuncios de cumplimiento sustantivo de la sentencia.

2.- Casos de torturas.

Respecto de los casos de detención arbitraria y tortura –y pese a que el propio Informe Rettig concluyó que estas representaron la forma más extendida de represión bajo Pinochet- los gobiernos de la Concertación ni siquiera intentaron abordar el tema desde la perspectiva de conseguir dosis mínimas de verdad y reparación. Fue necesaria la reiterada presión de las organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos para que, en 2003, el gobierno de Lagos accediera finalmente a dicha demanda.

No obstante, la convocatoria a las víctimas a presentarse a la Comisión que se formó para acreditar su condición de tales (“Comisión Valech”) careció de la mínima publicidad necesaria para cumplir cabalmente con una tarea de esa envergadura. Prácticamente no hubo difusión en televisión y solo se publicó una pequeña inserción al interior de uno de los diarios principales del país y en un solo día (“La Tercera” del 23 de noviembre de 2003) Además, se fijó el corto plazo de seis meses para acreditarse; el cual tampoco se aceptó prorrogar, luego de que numerosos parlamentarios y dirigentes sociales y de derechos humanos así lo solicitaran.

Por otro lado, la convocatoria fue sumamente imprecisa, dejando fuera a gran parte de los familiares de las víctimas ya fallecidas; a muchos de los menores que fueron tomados presos con sus padres; a los ciudadanos extranjeros; a quienes se vejó y torturó fuera de los recintos de detención y a los chilenos que se maltrató en el exterior en el marco de la Operación Cóndor.

Producto de todo ello fue que pudieran acreditar su calidad de víctimas menos de 30.000 personas, en circunstancia que los diversos cálculos estimativos de organizaciones especializadas oscilan en rangos de cientos de miles.

Peor aún, la ley de reparaciones subsiguiente –aprobada con extrema urgencia en menos de 48 horas- excluyó el conjunto de reparaciones morales y de medidas educativas y de prevención de la tortura recomendadas por la propia Comisión Valech. Y redujo a un tercio de lo propuesto por ella (al equivalente a poco más de 100 dólares) la pensión mensual reparatoria. Y le negó incluso esta cantidad a los pocos miles de viudas cuyos maridos accedió a acreditar la Comisión.

Por otro lado, respecto de la impunidad en esta materia los gobiernos de la Concertación sí que han conseguido “éxitos”. De partida, la voluntad en este sentido fue claramente reafirmada bajo el gobierno de Lagos, cuando comenzaron a emerger numerosas querellas por torturas aplicadas bajo el régimen dictatorial. Así, el entonces ministro del Interior, José Miguel Insulza, señaló que “me preocupa que en este país todo el mundo se ponga a denunciar porque creo que sería negativo…¿queremos ir a buscar 5 o 20 mil autores? ¿todo el que golpeó a alguien tiene que ser llevado ante los tribunales de justicia?” (“La Nación”; 15-2-2001)

Esta voluntad se plasmó en la referida ley de reparaciones que estableció un ocultamiento de la verdad y una impunidad moral al estipular 50 años de secreto para los nombres de los torturadores mencionados por las víctimas ante la Comisión Valech. Más grave aún, determinó una virtual obstrucción a la justicia, al impedirle a los tribunales tener acceso al conocimiento de los delitos denunciados ante la referida Comisión. Todo esto fundamentado, además, en una falsedad: que  el conjunto de los denunciantes había exigido aquello. Y estableciendo el procedimiento contrario al seguido por la propia Comisión Rettig, que envió de oficio a los tribunales correspondientes los antecedentes de delitos denunciados ante ella, en el curso de su labor de acreditación oficial de las víctimas.

El gobierno de Bachelet no ha mostrado, hasta ahora, ni siquiera la intención de eliminar estas normas a favor de la impunidad que contradicen el respeto a la Constitución y las leyes; a los tratados internacionales de derechos humanos; y los principios más elementales de justicia.

3.- El caso Pinochet

El caso más ilustrativo de la búsqueda de impunidad por parte de los gobiernos de la Concertación lo representa este caso, en el cual los gobiernos de Frei y Lagos demostraron públicamente su voluntad de lograr que Pinochet no fuera condenado por sus crímenes, ni en Europa ni en Chile.

En su primera fase –lograr su liberación de Inglaterra- el gobierno de Frei recurrió incluso a los mismos argumentos con que la dictadura había cuestionado las condenas de Naciones Unidas por sus violaciones de derechos humanos: Que se estaba violando la soberanía chilena; que se estaba aplicando un doble standard; que no se estaban reconociendo los avances internos; y que se introduciría un nefasto precedente –en el caso de ser condenado en el extranjero- en la comunidad internacional que afectaría solamente a los países pequeños.

Además, se llegó a la más total demagogia, al señalarse de que ¡podría obtenerse más justicia en Chile que en España respecto de Pinochet! En efecto, en declaraciones a un diario ibérico, el entonces canciller José Miguel Insulza declaró que “en España, tras la sentencia de los Lores, Pinochet solo puede ser juzgado por torturas o conspiración para torturar por hechos cometidos después de 1988. En Chile no existe ninguna inmunidad ni ninguna amnistía que impida juzgar los actos que haya cometido. Las posibilidades de juzgarle aquí son mucho más amplias que en España. El juicio en su país (España) puede que les interese más a los que solo quieren un juicio simbólico” (“El Mercurio”; 28-3-1999)

Y luego que se obtuvo su vuelta a Chile, el Gobierno de Lagos desarrolló una intensa presión pública y privada sobre el juez Guzmán y los tribunales para lograr la impunidad de Pinochet. De este modo, su ministro del Interior Insulza, Patricio Aylwin y el presidente del Senado, Andrés Zaldívar –entre otros- plantearon en diversas entrevistas verdaderos llamados al juez Guzmán a que terminara con su proceso. Así por ejemplo, Insulza declaró que “yo creo que Pinochet no está en condiciones de ser sometido a juicio. Siempre he creído a los médicos británicos. Esto lo he dicho antes y después. El tema Pinochet, en gran medida, ya fue resuelto por la Corte Suprema, mucho más allá de lo que era la expectativa de quienes lo acusaban. En un momento determinado uno debería sacar la cuenta de los resultados que ya obtuvo y dejar que las cosas sigan su curso de otra manera… A mí me gustaría que si el juez Juan Guzmán y las Cortes deciden que por razones de enfermedad Pinochet no puede enfrentar un juicio, ojalá todo el mundo lo aceptara de buena gana. El gobierno lo haría así” (“Qué Pasa”; 2-9-2000)

Por otro lado, el juez Guzmán ha denunciado reiteradamente que fue objeto de diversas presiones privadas de altos funcionarios de gobierno y de líderes de la Concertación para que se le otorgara la impunidad a Pinochet, objetivo que finalmente se logró con la salida del juez del caso y con la muerte sin condena del ex dictador.

*Sociólogo
Artículo publicado en Revista Reflexión, Nº 34; del Centro de Salud Mental y Derechos Humanos, CINTRAS
 
 
   
 
 
 
 
 

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